Cuentas Públicas

El artículo 67 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades obliga a los alcaldes a rendir una detallada cuenta de la gestión municipal al Concejo y a los principales actores de la sociedad civil.

Las cuentas públicas fomentan la transparencia de la gestión de los servicios públicos, permitiendo a las personas conocer y consultar sobre la ejecución presupuestaria, políticas, planes y programas de los servicios del Estado.

Este mecanismo facilita el control ciudadano sobre las instituciones públicas, de modo que las personas tengan la opción de fiscalizar el quehacer de los ministerios y servicios públicos anualmente.

Cabe destacar que la Cuenta Pública que entrega el (la) Alcalde (sa), es un documento en que se da cuenta a los vecinos, a concejales, a los miembros del Consejo Comunal de las Organizaciones de la sociedad Civil (COSOC) y el Consejo Comunal de Seguridad Pública, sobre la labor realizada por la municipalidad durante el último año, con los avances en las distintas áreas que involucran a nuestra comuna.

 

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